para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato,
la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial y se establecen las especialidades
de los cuerpos docentes de enseñanza secundaria.
Disposición adicional cuarta. Especialidad de «Psicología y pedagogía».
Los funcionarios de los cuerpos de profesores de enseñanza
secundaria y catedráticos de enseñanza secundaria de
la especialidad «Psicología y pedagogía» quedan adscritos a la especialidad «Orientación educativa»
que la sustituye.
Todo el decreto en
http://www.boe.es/boe/dias/2008/11/28/pdfs/A47586-47591.pdf
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